La pasada semana, organizada conjuntamente por Esade y por Amigos del País, se celebró en Barcelona una jornada muy interesante sobre retos y futuro de la "Colaboración entre Sector Público y Sector Privado" (CPP). Es un tema que creo importando de cara al futuro, puesto que en las economías desarrolladas se está produciendo una creciente confluencia de las actividades de los dos sectores, y se han ido encontrando diferentes modelos de colaboración que hay que ver como se aplican en cada caso.
Para hacer una definición simple y rápida diría que en Europa existen dos grandes sectores económicos: un llamado "privado" que tiene como protagonistas las empresas y los consumidores, y que se rige por las leyes del mercado y de la competencia; otro llamado "público" que afecta los derechos de las personas, que está formado por servicios públicos y usuarios. En el sector privado también intervienen los gobiernos, puesto que una de sus obligaciones es regular adecuadamente los mercados para evitar monopolios, explotación, o desigualdades extremas. Pero, en mi opinión, esto no entra en el concepto de la CPP. Una cosa es "regulación" y otra cosa es "colaboración". Para entenderlo mejor, el sector bancario o el sector del petróleo son privados, pero están regulados; el suministro de agua, la recogida de basura, o la enseñanza, pueden tener carácter de colaboración. (El sector eléctrico, o el sector telefónico, se podrían situar en un punto intermig....).
Estos ejemplos indican que yo pienso que el concepto de "CPP" se tiene que aplicar sobre todo a las actividades que responden a los derechos de las personas, que se consideran de acceso universal, que tienen carácter de servicios públicos, o que por su naturaleza son un monopolio natural. Esto no quiere decir que no puedan ser gestionados por empresas privadas con afán de lucro, o por organizaciones del tercer sector, pero siempre a partir de una concesión, de un concierto, u otras fórmulas; pero manteniendo siempre su carácter y su titularidad públicas.
He dicho que la CPP tiene futuro porque las necesidades asimilables a derechos crecerán en nuestras sociedades, y las capacidades financieras de los gobiernos para gestionar directamente todos estos servicios no crecerán bastante, ni es seguro que puedan hacer el trabajo con más eficacia que las empresas privadas. Por eso es tan importante ir definiendo modelos de colaboración que marquen pautas claras sobre el comportamiento de las empresas que lo gestionan, modelo que no puede ser el mismo que cuando se mueven en el mercado privado, puesto que los objetivos son diferentes.
Definir temas como las inversiones en infrastructura, las formas de atención al "cliente", los límites de los márgenes de beneficio, o el papel preferente de las organizaciones sin ánimo de lucro, son algunos de los puntos urgentes.
Para hacer una definición simple y rápida diría que en Europa existen dos grandes sectores económicos: un llamado "privado" que tiene como protagonistas las empresas y los consumidores, y que se rige por las leyes del mercado y de la competencia; otro llamado "público" que afecta los derechos de las personas, que está formado por servicios públicos y usuarios. En el sector privado también intervienen los gobiernos, puesto que una de sus obligaciones es regular adecuadamente los mercados para evitar monopolios, explotación, o desigualdades extremas. Pero, en mi opinión, esto no entra en el concepto de la CPP. Una cosa es "regulación" y otra cosa es "colaboración". Para entenderlo mejor, el sector bancario o el sector del petróleo son privados, pero están regulados; el suministro de agua, la recogida de basura, o la enseñanza, pueden tener carácter de colaboración. (El sector eléctrico, o el sector telefónico, se podrían situar en un punto intermig....).
Estos ejemplos indican que yo pienso que el concepto de "CPP" se tiene que aplicar sobre todo a las actividades que responden a los derechos de las personas, que se consideran de acceso universal, que tienen carácter de servicios públicos, o que por su naturaleza son un monopolio natural. Esto no quiere decir que no puedan ser gestionados por empresas privadas con afán de lucro, o por organizaciones del tercer sector, pero siempre a partir de una concesión, de un concierto, u otras fórmulas; pero manteniendo siempre su carácter y su titularidad públicas.
He dicho que la CPP tiene futuro porque las necesidades asimilables a derechos crecerán en nuestras sociedades, y las capacidades financieras de los gobiernos para gestionar directamente todos estos servicios no crecerán bastante, ni es seguro que puedan hacer el trabajo con más eficacia que las empresas privadas. Por eso es tan importante ir definiendo modelos de colaboración que marquen pautas claras sobre el comportamiento de las empresas que lo gestionan, modelo que no puede ser el mismo que cuando se mueven en el mercado privado, puesto que los objetivos son diferentes.
Definir temas como las inversiones en infrastructura, las formas de atención al "cliente", los límites de los márgenes de beneficio, o el papel preferente de las organizaciones sin ánimo de lucro, son algunos de los puntos urgentes.
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