La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en el Congreso | Congreso de los Diputados

Economía

El Estado grabará los intereses de la banca y la facturación de las energéticas

El ejecutivo central aplicará un tipo del 4,8 % sobre comisiones e intereses financieros y un 1,2 % a las ventas totales del sector de la energía

El Gobierno central dirigirá los nuevos tributos a los beneficios por intereses bancarios y a la facturación de las empresas de energía. Los impuestos extraordinarios anunciados por el presidente Pedro Sánchez en el debate sobre el Estado de la Nación afectarán las entidades financieras con unos ingresos superiores a los 800 millones de euros, así como a las empresas del vertical de la energía con ventas por encima de los 1.000 MEUR y en que la actividad a la vertical supere el 50 % de la facturación.

La propuesta del ejecutivo central pasa para grabar con un tipo del 4,8 % los beneficios por comisiones e intereses de las entidades bancarias, un gravamen que se aplicará en el presente ejercicio y hasta final de 2023 con que esperan conseguir una recaudación de 1.500 millones cada uno de los dos años. La nueva tasa responde a la normalización de los tipos de interés, que el BCE ha subido en 50 puntos básicos después de seis años en negativo.

Por su parte, el impuesto a las eléctricas tasará con un 1,2 % la facturación total de las empresas del sector. Este tributo permanecerá en vigor hasta final de 2024, y proyecta una recaudación superior a los 2.000 millones de euros por ejercicio. La tasa responde a los beneficios extraordinarios logrados por las grandes firmas del sector durante el 2022 y el 2023 en el contexto de la subida de los precios del gas y la electricidad.

Cómo ya anunció el ministerio de Hacienda, se castigará aquellas empresas que repercutan los costes fruto de las tasas a los precios finales. Así, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia fiscalizará la actividad de las empresas afectadas, y, en caso de incumplir el mandato ejecutivo, se imponeran sanciones del 150 % del importe trasladado a los usuarios finales.

Para baremar la base impositiva de los afectados, el Gobierno no tendrá en cuenta ni los resultados ni la facturación de las filiales o las empresas al exterior. Por otro lado, no permitirá que el impuesto se deduzca a efectos de sociedades.