Life settlement. Las inversiones más estrambóticas

Roger Vinton analiza la rentabilidad de fondos de inversión y seguros de vida

Inversiones estrambòtiques. | iStock Inversiones estrambòtiques. | iStock

Cuando visitamos una oficina bancaria y nos ofrecen los productos de que disponen para que invertamos los ahorros, es habitual que tengan mucho protagonismo los fondos de inversión, sobre todo desde el colapso de las imposiciones a plazo fijo causado por la entrada en coma de la curva de tipo. También han pasado a mejor vida aquellos productos estructurados que años atrás los empleados de la banca nos intentaban explicar sin mucho éxito, porque la complejidad era tal que ni el mismo trabajador de la entidad financiera era capaz de entender su funcionamiento. Así pues, la única fuente de rentabilidad que permanece hoy en día son los fondos de inversión, simples acumulaciones de capital invertidas en una proporción determinada de renta variable (acciones de empresas que cotizan en bolsa) y de renta fija (deuda de países y de empresas).

Pero en el mundo financiero hay muchos más productos, y algunos que no llegan al gran público. Es muy probable que nunca les hayan ofrecido una inversión muy extraña llamada life settlement, que en Estados Unidos tiene cierta popularidad. No será fácil explicar su funcionamiento, de forma que habrá que echar unos pasas atrás y fijar una serie de conceptos previos.

"La única fuente de rentabilidad que permanece hoy en día son los fondos de inversión, simples acumulaciones de capital invertidas en renta variable y renta fija"

Quien más quien menos conoce los seguros de vida, un producto que permite que los herederos de una persona reciban una indemnización cuando esta muere. El objetivo general que hay detrás de este tipo de coberturas es mirar de proteger la subsistencia de una familia cuando quien genera los ingresos desaparece. En el Estado español, el formato habitual consiste en pagar una prima anual en función de la edad del asegurado, de forma que el coste de mantener un seguro aumenta conforme la persona objeto de la cobertura va cumpliendo años. Existe, pero, la posibilidad de contratar una modalidad donde la prima se mantenga constante o se incremente poco en cada anualidad, a partir de calcular una prima más alta de lo que tocaría durante los primeros años, de forma que permita compensar el incremento de riesgo por el simple paso de los años. En otras palabras, es como constituir una bolsa o reserva al comienzo para no tener que afrontar grandes incrementos de prima en edades más avanzadas. Esta modalidad no es muy popular aquí, pero dónde sí que se usa con cierta asiduidad es en Estados Unidos, y es precisamente en esta característica donde encontramos uno de los primeros elementos clave del producto que queremos explicar.

Imaginemos una persona de edad avanzada, que ya ha superado ampliamente la edad de jubilación, y que desde joven está abonando una prima anual a su compañía para que cuando traspase, su familia reciba una compensación. Ahora se encuentra en una situación de comodidad financiera porque ya está cobrando la jubilación, ha acabado de pagar la hipoteca de la casa y tiene los hijos en el mercado laboral desde hace tiempo. Resultaría razonable anular el seguro porque, literalmente, no la necesita. Pero como durante aproximadamente la mitad de vida de la póliza ha ido pagando más para tener una prima constante o de crecimiento moderado, se encuentra que ha constituido una reserva (o una bolsa, como le queramos llamar) que se desvanecería en caso de romper el contrato con la aseguradora. Por lo tanto, la opción racional es no cancelar la póliza.

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Siguiente elemento a tener en cuenta: en 1911 el Tribunal Supremo de los Estados Unidos sentenció, en el marco del caso Grigsby contra Russell, que las pólizas de seguros formaban parte del patrimonio de la persona y por lo tanto podían ser vendidas por sus titulares a un tercero sin vinculación inicial a la operación aseguradora.

Si ligamos estos dos ingredientes, obtenemos una combinación interesante: alguien que quiere dejar de pagar su seguro, pero no quiere anularla, tiene la posibilidad de vendérsela a otra persona. Qué implica esto? El comprador de la póliza se comprometerá a seguir abonando a la compañía las primas anuales para mantener el contrato en vigor y cuando la persona asegurada muera será él quien cobre el capital asegurado. Imaginemos que una vez muerto, este seguro proporciona a los beneficiarios (en este caso el comprador nuevo de trinca) un capital de cinco millones de dólares, mientras que las primas anuales son sólo de cien mil. Parece un buen negocio para el comprador. Demasiado buen negocio, porque nos falta un elemento: el propietario inicial del contrato no regalará la póliza, sino que la venderá, que es aquello que decíamos que la sentencia de 1911 le permitía.

El precio para transferir el contrato al inversor interesado será el que negocien las partes, pero suponemos que lo fijan en dos millones y medio de dólares. Parece un negocio suficiente bueno para los dos: la persona asegurada ya no tiene que esperar a morirse para cobrar (sic), mientras que el inversor sabe que recibirá una suma muy elevada en proporción a la prima anual cuando el asegurado traspase. Bajando al nivel de los números, comprobamos que el asegurado tiene un ingreso inmediato de dos millones y medio, y un beneficio complementario no menos importante, como es dejar de pagar la prima anual de cien mil. Por otro lado, el inversor está comprando un capital de cinco millones por sólo dos y medio, más la prima anual por el tiempo que viva el asegurado, que por su edad avanzada es previsible que no sea mucho.

"Alguien que quiere dejar de pagar su seguro, pero no quiere anularlo, tiene la posibilidad de vendérselo a otra persona"

De momento hemos visto un traspaso de un contrato de seguro de vida entre dos particulares, pero no un producto financiero, cómo hemos prometido al comienzo. Ahora viene la parte interesante.

El paso definitivo es cuando la compra de este contrato no se hace de particular a particular, sino que una firma financiera busca muchos asegurados insatisfechos con su póliza y hace una fuerte inversión para comprarlas todas. Una vez adquiridas, hace paquetes poniendo, por ejemplo, un 10% de cada póliza a cada uno de los paquetes, por aquello de diversificar riesgos. Vaya, un procedimiento parecido a la célebre titulización de las hipotecas subprime con las que los americanos salpicaron medio planeta a inicios del siglo XXI, en una práctica que acabaría desembocando en la crisis financiera más dura en muchas décadas. Ahora sí que tenemos un producto financiero que puede ser comercializado en masa, con una inversión inicial, unos pagos anuales y una serie de abonos futuros que tienen importe conocido, pero fecha incierta, porque lógicamente los vencimientos se producirán a medida que los asegurados vayan traspasando.

Dejando de lado consideraciones morales -no resulta exagerado decir que los inversores están apostando por la muerte de personas- el producto tiene su interés técnico. La principal característica positiva es que los life settlement aportan descorrelación a cualquier cartera de inversión, es decir, su rentabilidad no dependerá ni de la evolución de la bolsa, ni de los tipos de interés, ni de la inflación y ni siquiera de los ciclos económicos, y esto puede representar algo interesante para determinados inversores. Por cierto, el producto genera un gran papeleo, porque entre otros cosas el inversor recibe un completo estado médico de cada uno de los asegurados para los que ha apostado, con un pie de página bastante siniestro: la firma del médico que ha hecho el reconocimiento, indicando el número de meses que aquella persona vivirá desde la fecha del examen, siempre según su expectativa como facultativo. Un pequeño detalle siniestro impensable fuera de los Estados Unidos y destinado al fracaso porque, sacado de enfermedades muy concretas, el estado actual de la ciencia médica no permite llegar a estas sutilezas.

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