La hora de las auditorías públicas

Con 30 años de retraso la auditoría ha entrado a formar parte -finalmente!- de la estructura normalizada de control de los ayuntamientos y sus organismos vinculados, sean administrativos o empresariales. Fue en 1988 cuando por exigencia europea se implantó la obligatoriedad de transparencia informativa y de auditoría obligatoria del sector empresarial, donde desde entonces se han venido auditando más de 58.000 empresas anualmente, con un 30% de auditorías voluntarias.

Bienvenido sea lo reciente real decreto 424/2017, que regula el régimen jurídico del control interno del sector público local. No es, pero, la propuesta que los auditores veníamos reclamando reiteradamente desde hace años: que se equiparara el sector público al privado, y se estableciera la obligación de auditoría anual independiente también para el sector público local y sus más de 8.100 municipios españoles.

Es cierto que todo el sector público, también el local, está sometido a control interno por parte de los órganos de intervención, responsables también de su contabilidad. Y que aunque estos son funcionalmente independientes, dependen orgánicamente de las propias entidades locales. Aquí radica la importancia de una fiscalización externa independiente que realice auditorías integrales para superar las limitaciones que tienen las intervenciones, tanto en cuanto a recursos humanos como económicos.

La inexistencia de estos control externos ha sido la causa -entre otros- que se hayan producido malas prácticas y conductas reprobables -cuando no delictivas- que han generado desconfianza e indignación en la ciudadanía, convirtiendo la corrupción y el fraude en una de sus principales preocupaciones. No va, el Eurobaròmetre aprecio en 120.000 millones de euros el coste de la corrupción en Europa; o en un 4,5% del PIB el sobrecost en la contratación pública al Estado español por falta de competencia y corrupción.

Aunque la esencia de la auditoría es la independencia, la regulación aprobada se centra en el control interno y refuerza el papel de la función interventora de las entidades locales, estableciendo un modelo consistente con el establecido para el sector público estatal. El control llega a la integridad del sector público local: la propia entidad local, sus organismos autónomos, sociedades mercantiles dependientes, entidades públicas empresariales, fundaciones, consorcios... y se propone asegurar la gestión adecuada de los fondos públicos, su ocupación eficiente y la sostenibilidad financiera de los municipios.

Sin dejar la propia función interventora, la norma aprobada establece que para la modalidad de Control Financiero se tendrán que realizar auditorías públicas, bajo la normativa aprobada por la Intervención General del Estado (IGAE), estableciéndose como primer ejercicio a auditar el que se cierre a partir del 1 de enero de 2019.

"Se establece como primer ejercicio a auditar el que se cierre a partir del 1 de enero de 2019"

Así mismo, los órganos interventores tendrán que elaborar anualmente un Plan de Control Financiero que incluya las actuaciones de control y auditoría pública derivadas de las obligaciones legales, así como las que surjan un golpe analizados los posibles efectos de los riesgos que pueden comportar los incumplimientos normativos, la opacidad en la información, las ineficiencias en la gestión y otras debilidades que se pueda detectar.

Además de aspectos financieros y de cumplimiento normativo, las auditorías incluirán el control de la eficacia, del coste y del rendimiento de los servicios públicos. El decreto aprobado ahora también prevé que dada la amplitud, extensión y profundidad de los controles requeridos, los órganos interventores podrán contratar firmas privadas de auditoría, que tendrán que ajustarse a las instrucciones dictadas por estos órganos.

La efectividad de los controles requería un marco normativo de referencia que incluyera la obligatoriedad de ejecutarlos -que es el que se establece en el RD aprobado- pero también es imprescindible la dotación de recursos para esta ejecución. En este aspecto, se ha aducido en ocasiones que la transparencia "es cara", sin ofrecer ni contrastar datos concretos.

"Las auditorías incluirán el control de la eficacia, del coste y del rendimiento de los servicios públicos"

Según la información publicada por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), en 2015 controlar 58.881 empresas en el sector privado en España costó 634 millones de euros, una cantidad que para la mayoría de las empresas no llega al 0,2% de su facturación anual.

Sin ser el objetivo principal de la auditoría, existen numerosos estudios que demuestran que estos controles tienen una importante contribución en la prevención y detección de fraudes y a combatir la corrupción en empresas e instituciones. Así, podemos afirmar que es mucho más cara la opacidad que la transparencia. Si la transparencia de las entidades locales no vale este 0,2% de su presupuesto, vamos mal.

"Si la transparencia de las entidades locales no vale este 0,2% de su presupuesto, vamos mal"

Los controles y las auditorías, sus observaciones sobre las deficiencias detectadas, así como sus conclusiones y recomendaciones, aportarán fiabilidad y seguridad a la información que formulan las entidades. Además, permitirá realizar un seguimiento preciso del cumplimiento normativo, ayudar a evaluar el cumplimiento de los objetivos de gestión, el coste de los servicios y la eficiencia, la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera futura de las entidades. Contribuirán sin duda a una mejora de los gobierno públicos, como lo han demostrado fehacientemente en otros países de nuestro entorno y desde hace años.

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