Cuáles son las dudas más comunes de la declaración de la renta?

La experta Virginia Cereza, abogada especialista en derecho tributario y fiscal, da respuesta a las preguntas más comunes y desgrana algunos de los beneficios fiscales a los cuales puede optar el contribuyente, en una campaña llena de novedades

Somos en plena campaña de la declaración de la renta, periodo que este año finaliza el próximo 30 de junio. El impuesto sobre la renta es un tributo enrevesado y es difícil por los contribuyentes poder identificar las novedades que nos afectan o los beneficios fiscales de los cuales nos podemos beneficiar.

Además, el hecho que la gran mayoría de los ingresos ya venden con retención hace que los contribuyentes opten para confiar en el pagador y no constaten si aquella retención es correcta o no, o si pueden disfrutar de algún beneficio fiscal adicional que disminuya la factura fiscal. Por eso, es importante comprobar si se tiene derecho a algún beneficio fiscal, incluso todavía cuando por el nivel de rentas no se esté obligado a hacer la declaración. En la gran mayoría de casos, las declaraciones de la renta salen con un resultado a volver a favor del contribuyente.

Cuáles son los principales beneficios fiscales que recoge la ley del impuesto sobre la renta?

  • Deducción por el alquiler de la vivienda habitual
    Es una de las deducciones más aplicadas. Permite una deducción del 10'05% del alquiler pagado hasta una base máxima de 9.050 euros el año. Esta deducción aplica sólo a los contribuyentes que tengan una base imponible inferior a 24.107 euros. Quién supere este importe, no podrá disfrutar de esta deducción. Esta deducción queda derogada a partir del 1 de enero de 2015. Sin embargo, se mantiene por los contratos de arrendamiento otorgados con anterioridad al 2015.
  • Reducción por aportación a planes de pensiones
    La aportación de cantidades a planes de pensiones permite reducir la base imponible del impuesto hasta un máximo de 10.000 euros (o 12.500 euros por los mayores de 52 años). Con la nueva regulación, a partir del 2015 la reducción quedará limitada a 8.000 euros para todo el mundo.
  • Deducción por donativos a entidades sin ánimo de lucro
    Los donativos a entidades sin ánimo de lucro disfrutan de una deducción del 25% del importe dado. Esta deducción aumenta al 27'5% al 2015 y al 30% el 2016. Además, el 2016 los donativos de hasta 150 euros disfrutarán de una deducción del 75%. Por lo tanto, hacer una deducción de 150 euros, a la práctica nos estará costando al bolsillo sólo 37'50 euros.
     
  • Deducción por la adquisición de la vivienda habitual
    Fue la deducción estrella hasta el año 2013, año a partir del cual se derogó. Sin embargo, aquellos que adquirieron una casa con anterioridad al 1 de enero de 2013 se podrán seguir beneficiando de la deducción por la compra de la vivienda habitual.
     
  • Deducción por maternidad
    Aplicable a madres trabajadoras con hijos menores de 3 años. La deducción es de 100 euros al mes por cada hijo menor de 3 años. La deducción se puede pedir de forma anticipada y cobrarla mensualmente o bien, se puede consignar en la declaración de la renta.


Si tengo pareja, la Renta es mejor hacerla conjunta o individual?
Normalmente, la declaración de la renta es individual. Pero los matrimonios pueden optar para hacer la declaración conjunta. También la pueden hacer conjunta las familias monoparentales con sus hijos. No la pueden hacer conjunta las parejas de hecho.


En la tributación conjunta, todos los miembros de la unidad familiar declaran conjuntamente sus rentas. Un golpe sumadas las rentas, se los aplica una reducción de 3.400 euros por los matrimonios que hagan declaración conjunta y una reducción de 2.500 euros por las familias monoparentales.

Dado que las reducciones no son elevadas, sólo sale por anticipado hacer la declaración conjunta cuando tan sólo uno de los miembros de la familia tiene ingresos, si más de un miembro tiene, la declaración conjunta sale más perjudicial, pues la suma de los dos ingresos hace subir la tributación de forma considerable.

Qué novedades hay de cara en la declaración de la Renta de 2015?
El Gobierno aprobó una batería de reformas en el impuesto que han entrado en vigor el 1 de enero de 2015 y que tendremos que tener en cuenta de cara a la declaración que haremos el próximo año. Algunas de estas reformas son beneficiosas por el contribuyente y otros le van en contra. De entre las medidas aprobadas, hay que destacar las siguientes:

- Nueva deducción de 1.200 euros anuales por familias numerosas, familias monoparentales o familias con hijos con discapacitado. Se puede pedir el cobro anticipado de esta deducción de forma mensual, 100 euros al mes, o bien consignarla a la renta de 2015.

- Por los propietarios de viviendas alquiladas, se elimina la exención del 100% de los rendimientos obtenidos por los alquileres destinados a jóvenes menores de 30 años. La reducción general del rendimiento derivado del alquiler de vivienda será del 60% independientemente de la edad del locatario.

- Nueva exención de plusvalías para mayores de 65 años. Los contribuyentes mayores de 65 años, no tributarán por los beneficios obtenidos por la transmisión de cualquier bien de su patrimonio (acciones, inmuebles, fondos de inversión, etc.), siempre y cuando se reinverteixi el capital obtenido en la constitución de rentas vitalicias en el plazo máximo de seis meses desde la obtención del beneficio.

- Eliminación de la exención de dividendos de 1.500 euros.

- Se reducen de forma esglaonada los tipos de gravamen, una primera reducción el 2015 y una segunda reducción al 2016. Esta reducción supondrá que las rentas bajas (menos de 20.000 euros) pagarán menos impuestos a partir de 2015, como también las rentas altas (a partir de 50.000 euros). El ahorro mediano en impuestos estará alrededor del 1-2% anual. Sin embargo, las rentas entre 20.000 y 50.000 euros se los sube la tributación.

- Se elimina la distinción entre plusvalías generadas además de un año y a menos de un año, tributando todas por el tipo general del ahorro.
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