Qué pasa cuando alguien incumple la Ley de Propiedad Intelectual?

En un contexto de cambios, la experta Vanesa Alarcón, abogada y directora de Legaltis, desgrana los aspectos que hay alrededor del proyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, en el mundo digital

Debido a la aparición de Internet y las nuevas tecnologías, la vulneración puede ser de mil formas diferentes
Debido a la aparición de Internet y las nuevas tecnologías, la vulneración puede ser de mil formas diferentes
Vanesa Alarcón
29 de Julio de 2014 - 05:30

Durante muchos años, la propiedad intelectual ha demostrado ser un mecanismo útil para fomentar la creación y asegurar una remuneración a los autores y a los artistas de la obra en concreto. Con la llegada del mundo digital, el sistema se tiene que adaptar a las necesidades actuales del mercado, hecho que ha generado un gran debate en relación a la reforma parcial de la Ley de Propiedad Intelectual.

A pesar de que ahora está en trámite y muchodebate la aprobación de una reforma importante, lo encara vigente artículo 1 de la norma aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/1996, establece que la propiedad intelectual de cualquier obra literaria, artística o científica, corresponde al autor por el solo hecho de su creación. Por lo tanto, la intención de esta norma es proteger el autor respecto de su titularidad, mirando de garantizar su reconocimiento como autor; las formas de colaboración o participación en cualquier obra – obra en colaboración, obra colectiva, obra independiente... - si así lo desea; las formas de explotar sus derechos; y garantizar también la protección frente a los ataques de cualquiera.

Cómo se puede infringir esta norma?
Pues sencillamente, vulnerando alguno de los derechos del autor correspondiente, cuando la obra es empleada sin la autorización o pago de derechos; o bien sin respetar los derechos que haya otorgado. Por ejemplo, cuando se reproduce, se publica, se traduce o sehace difusión sin cumplir con estas pautas y sin que este supuesto se encuentre exento por la misma normativa. Por ejemplo, cogemos una imagen de otra persona sin asegurarnos de si la imagen es libre de derechos, y lo empleamos para publicarla en nuestro blog o web ; o hacemos el mismo, con un artículo o noticia.

Antes se podía vulnerar los derechos de un escritor, mediante plagio o por la realización de copias ilegales de algún libro suyo, por ejemplo, realizando fotocopias, entre muchos otros; pero hoy, debido a la aparición de Internet y las nuevas tecnologías, la vulneración puede ser de mil formas diferentes. Por ejemplo, la difusión de copias ilegales mediante Internet, conocida como piratería.

La popular tasa Google
También hay otras formas de incumplir la ley, como lo no pago de cánones a las entidades que gestionan derechos de autor, como por ejemplo, la SGAE . Así si, por ejemplo, tienes un local comercial donde dispones de equipo de música y televisión, tendrás que pagar la correspondiente tasa por los derechos de explotación de los autores asociados a esta entidad.

En los próximos meses, con la aprobación de la nueva reforma de ley de propiedad intelectual, veremos si habrá que pagar, como y por parte de quien, por el que se conoce popularmente como Tasa Google o Canon AEDE y que supone que los agregadors de noticias como, por ejemplo, Google, tengan que pagar a los editores de prensa para reproducir algunos fragmentos de sus noticias y que podría afectar otro tipo de medios, como las personas que tienen una web o blog, entre otros. Según esta norma en trámite, podría ser que, a pesar de que tuviéramos permiso del autor, la entidad de gestión nos hiciera pagar la correspondiente tasa poreluso de este contenido o enlace al contenido de otro autor, entre otras situaciones.

Qué sucede pues si se infringe la normativa hoy vigente?
Si se infringe cualquier de los derechos de autor de una persona, esta podrá dirigirse contra el infractor en defensa de su derecho y en reclamación de los daños que se le haya podido causar. Esto podrá darse vía extrajudicial o judicial.

En el caso de impago de los cánones, será la entidad de gestión en cuestión quien reclamará al infractor por la vía administrativa y, en su caso, judicial, que corresponda.

Cómo defenderse de este tipo de infracciones?
Si queremos defendernos por la infracción cometida por alguien respecto de nuestros derechos en Internet, el más recomendable sería que:

 
  1. Generamos prueba de las infracciones, por ejemplo, mediante la realización de copias, testigos, pruebas periciales...
  2. Intentamos contactar con el infractor de buenas maneras, indicándolo que somos los autores del cual está difundiendo y, en función del qué se pretenda: nos cite o reconozca como autores; elimine los enlaces en nuestra web o blog, en su caso o los contenidos; o bien pague los correspondientes derechos de autor por la utilización de nuestro material.
  3. Le damos un plazo para contestar (no demasiado largo).
  4. Si no contesta o lo hace sin querer solucionar el asunto, la vía que nos quedará será contactar con un abogado porque haga una reclamación más formal; o bien presentar la correspondiente demanda judicial.
  5.  


Paralelamente, si encontramos que los contenidos o usos de nuestra obra, se han indexado o publicado a otros medios a nombre del infractor, hará falta que nos ponemos en contacto con el titular de esta web porque los retire, acreditando nuestra titularidad.

En cuanto a cómo protegernos como autores, como ya hemos indicado en otros artículos, es muy importante que creamos una estrategia de protección de nuestros derechos: por ejemplo, registrando nuestra obra al registro de la propiedad intelectual, registrando nuestra marca a la oficina de patentes y marcas; disponiendo de los correspondientes avisos legales a nuestra web, donde se detalle qué se puede hacer y que no con nuestra plataforma y sus contenidos, así como firmar los contratos adecuados con todas las partes implicadas que vamos generando... Todo esto, puede contribuir al hecho que después podamos defendernos mejor ante los ataques de posibles infractores.


Vanesa Alarcón es abogada y directora de Legaltis