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El plazo para solicitar el Bono Alquiler Joven se abrirá el 9 de marzo con ayudas de 250 euros

Las solicitudes se podrán presentar hasta el 13 de marzo y se concederán por orden de entrada hasta agotar 29 millones

Nueva promoción de viviendas para alquiler asequible del barrio de Mangraners de Lleida | Anna Berga (ACN)
Nueva promoción de viviendas para alquiler asequible del barrio de Mangraners de Lleida | Anna Berga (ACN)
Redacción VIA Empresa | ACN
05 de Marzo de 2026 - 09:28

La Generalitat abrirá el 9 de marzo el plazo para solicitar el Bono Alquiler Joven, unas ayudas que serán de 250 euros al mes durante dos años. Según ha informado en un comunicado, las solicitudes se podrán presentar hasta el 13 de marzo a las 14 h y se resolverán por orden de entrada en el registro hasta el agotamiento de la dotación inicial, que es de 29 millones de euros. Los beneficiarios deben tener hasta 35 años en el momento de presentar la solicitud y residir legalmente en Catalunya. Además, la vivienda o habitación debe constituir la residencia habitual y permanente durante todo el período en que se reciba la ayuda. Este, se otorga con cargo a fondos estatales y su tramitación recae en la Agencia de la Vivienda de Catalunya.

 

Entre los requisitos también hay que disponer de una fuente regular de ingresos y ser titular del contrato de arrendamiento o poderlo suscribir en un plazo máximo de dos meses desde la notificación de la concesión. Además, ningún miembro de la unidad de convivencia puede ser propietario o usufructuario de una vivienda ni tener vínculos familiares directos con el arrendador.

Los beneficiarios deben tener hasta 35 años en el momento de presentar la solicitud y residir legalmente en Catalunya

Para poder optar a la ayuda, los ingresos de la unidad de convivencia deben ser iguales o inferiores a 2,778442 veces el Indicador de Renta de Suficiencia de Catalunya (IRSC) si corresponden al 2024, 2,697518 veces si son del 2025 o 2,618949 veces si corresponden al 2026. Además, el alquiler o el precio de cesión de la vivienda no puede superar los límites fijados en la resolución de la convocatoria.

 

Las solicitudes se podrán presentar de manera telemática a través del portal de trámites de la Generalitat o presencialmente en las bolsas de la Red de Mediación para el Alquiler Social, en las oficinas locales de vivienda que colaboran con la Agencia de la Vivienda de Catalunya, así como en las dependencias del organismo en el territorio.