
Inspección de Trabajo ha impuesto una sanción a Amazon por no compartir la información del control que hace al personal con herramientas tecnológicas del centro que tiene en El Prat de Llobregat, según ha adelantado SER Catalunya y ha podido confirmar la ACN de fuentes de Trabajo, la multinacional y de CCOO. La multa es de 2.451 euros, han detallado desde el Departamento de Empresa y Trabajo. Sin embargo, el responsable de transición digital del sindicato, Daniel Cruz, ha apuntado que podría elevarse hasta 50.000. Cruz lo justifica por "una doble infracción". Por un lado, no precisar esta información solicitada y, por otro, no concretar “el impacto” de esta fiscalización como ahora "restringir" las pausas para ir al baño.
Cruz también ha puesto de ejemplo que, gracias a esta "vigilancia", se puede "calcular la productividad" de los trabajadores en la factoría y tomar medidas al respecto. De este modo, a su parecer, la empresa podría acumular más sanciones por estas prácticas.
Desde el departamento han detallado que el procedimiento comenzó en junio de 2024 y que la pena económica es firme, una vez se ha agotado la vía administrativa. En este sentido, según ha precisado la empresa de comercio electrónico, ha optado por llevar el caso por la vía judicial. La compañía ha recordado que trabaja “en un entorno moderno y seguro, bajo los más altos estándares de seguridad y salud”. Asimismo, ha recalcado que “la seguridad y el bienestar” del personal es su “máxima prioridad”.
Desde el departamento han detallado que el procedimiento comenzó en junio de 2024 y que la pena económica es firme, una vez se ha agotado la vía administrativa
La firma estadounidense ha explicado que las infraestructuras e instalaciones de sus fábricas están diseñadas para certificar “un entorno laboral seguro y confortable”. La multinacional ha señalado que esto “incluye el uso de herramientas, que junto con las operaciones, cumplen plenamente las regulaciones y requerimientos locales a todos los niveles”.
Cruz ha hecho hincapié en que es una sanción “pionera” en el ámbito estatal y catalán. El sindicalista ha concretado que esta multa es fruto de una “actuación de oficio” de Trabajo, después de que “durante tres años” haya estado pidiendo esta información a diferentes empresas de varios sectores. En este sentido, el responsable de transición digital de CCOO no ha descartado que aparezcan más nombres de compañías en el futuro de varios sectores.
Artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores
Cruz ha explicado que con la aprobación de la ley rider, en 2021, se modificó el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores, por el cual los sindicatos tenían derecho a ser informados “de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo”.