Cuáles son las ventajas fiscales para los autónomos?

La experta Virginia Cereza, abogada especialista en derecho tributario y fiscal, desgrana algunos de los beneficios de este colectivo

Ser emprendida responsable no va reñido con la rentabilidad
Ser emprendida responsable no va reñido con la rentabilidad
18 de Junio de 2014
Act. 18 de Junio de 2014
El autónomo es la forma más rápida, sencilla y económica de registrar un negocio, puesto que es la forma jurídica que requiere menos gestiones y trámites legales, hecho que abarata considerablemente los gastos de asesoramiento. Adoptando esta forma jurídica se mantiene la gestión y el control total de la empresa y no es necesario un proceso previo de constitución.

Ahora bien es la más conveniente para tu actividad empresarial? Valóralo a partir de las ventajasfiscales por este colectivo.

Amortizaciones de elementos afeces
  • Amortizaciónacelerada de los elementos afectos a la actividad económica respecto a las mesas de amortización fiscal oficialmente aprobadas. La amortización del inmovilizado material puede multiplicarse por 2 y la del inmovilizado intangible por 1,5, respeto el importe que saldría aplicando las mesas de amortización oficialmente aprobadas.
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  • Libertad de amortización para bienes de valor inferior 601 euros, así como para bienes afectos a investigación y desarrollo o por supuestos de incremento de la plantilla.
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Incentivos para fomentar ocupación

 
  • Reducción del 20% del rendimientolimpio por mantenimiento de ocupación. Esta reducción es temporal, y de momento aplica sólo por los ejercicios 2009 a 2014.
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Nuevos incentivos 2013 introducidos por la nueva Ley del Emprendedor

  • Reducción del 20% del rendimiento limpio en caso de iniciar una nuevaactividad económica. Este beneficio aplica durante el primero y segundo año desde que se generen rendimientospositivos.
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  • Incentivos fiscales para la reinversión de beneficios : Deducción del 10% de los rendimientos limpios siempre que se reinverteixin los beneficios obtenidos en elementos nuevos del inmovilizado material afectos a la actividad económica. En este caso, el empresario tiene dos años para efectuar la reinversión. Por otro lado, la deducción será del 5% si se aplica la reducción del 20% por mantenimiento de ocupación o por inicio de nueva actividad.


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Virginia Cereza es abogada especialista en Derecho Tributario y Fiscal de CINCO Asesoría