BlaBlaCar ha presentado este martes una denuncia contra el Estado español ante la Comisión Europea (CE) por las sanciones impuestas y los expedientes abiertos por la Comunitat de Madrid contra la actividad de coche compartido que desarrolla esta empresa. A la vez, la compañía resta a la espera de la sentencia por la denuncia de la patronal de los autobuses, juicio al cual el abogado Alberto Aznar Traval (Valencia, 1987) asistió como invitado.
Aznar es licenciado en Derecho y ejerce de abogado especializado en Consumidores y Derecho Mercantil, también es licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración y Máster en Derecho de la Empresa por la Universitat de València. El trabajo final de máster de Aznar consistió en la regulación de la economía colaborativa, más concretamente el caso del sector del transporte en las aplicaciones de BlaBlaCar y Uber. Así, este abogado es uno de los primeros especialistas del Estado español en la vertiente jurídica de la economía colaborativa.
Próximamente saldrá la sentencia del juicio sobre BlaBlaCar por la denuncia de la patronal de los autobuses, cómo ha sido el caso?
Dentro de la llegada en España de las aplicaciones de economía colaborativa y más en concreto en el sector de transporte de personas, los sectores tradicionales de prestación de servicios de transporte, tanto por ciudad -las patronales del taxi-, como por carretera -las patronales de autobús-, han intentado defenderse y defender su cuota de mercado. Ellos alegan que estas aplicaciones los han causado un "daño" económico muy importante traducido en una enorme pérdida de usuarios. El año 2015 Confebús, que engloba todas las empresas de transporte de carretera en autobús, demandó judicialmente a BlaBlaCar alegando que realizaba un servicio de intermediación y prestaba un servicio que comportaba competencia desleal. Según Confebús, la plataforma y los conductores que ofrecen plazas para compartir los gastos hacen una actividad encubierta de transporte que incumple la ley de Ordenación del Transporte por Carretera. Según dice la patronal se trata de personas que realizan un servicio sin contar con ninguna licencia, ni exámenes de capacitación, ni cumplir con las obligaciones tributarias, etc.
Y esto ha pasado a qualque otro país?
La situación es curiosa, porque España es el primer país de los 23 en qué BlaBlaCar –y este tipo de aplicaciones- se ha encontrado con problemas judiciales y con las administraciones públicas. Precisamente hace poco la Comunitat de Madrid ha sancionado a BlaBlaCar y a algunos conductores por el mismo motivo que alega la patronal de los autobuses. Con lo cual será interesante ver como puede influir la resolución administrativa sobre la sentencia judicial.
Como cruz que se resolverá?
El que yo entiendo, y creo que cualquier jurista lo entenderá así, es que en el caso de BlaBlaCar y otras aplicaciones de transporte por carretera similares no hay una actividad de transporte ilegal. El que hacen los conductores es ofrecer una plaza a su vehículo pero para compartir gastos de transporte. De hecho a la vista del juicio, al cual pude asistir en mayo de este año en Madrid, la defensa de BlaBlaCar el que hizo fue alegar que los conductores que usan la plataforma no obtienen un lucro económico, sino que comparten gastos. Aportaron varios informes periciales explicando la situación y además BlaBlaCar afirma que ellos controlan que los usuarios ofrecen un precio y plazas limitadas que no los permite obtener lucro. Además siempre se ofrece para satisfacer una necesidad propia de transporte del conductor.
Esto es difícil de controlar...
Siempre se mete el ejemplo de dos personas que a primeros de aparecer BlaBlaCar tenían una furgoneta y cada día uno de ellos hacía el trayecto entre Valencia y Madrid llenando siete u ocho plazas, pudiendo obtener un lucro. Desde acá que BlaBlaCar detecta que un usuario mantiene este comportamiento, lo bloquea de la plataforma y lo elimina. También hay que remarcar que el hecho de compartir gastos de carretera se ha hecho siempre, no es nada que se hayan inventado de nuevo. La aplicación sólo ha facilitado enormemente el contacto entre personas con vehículo y personas que necesitan transportarse. Y además, la Ley de Ordenación del Transporte por Carretera dice que si no hay ánimo de lucro, no puede haber un servicio de transporte. Si, al contrario, BlaBlaCar y otras aplicaciones similares no están controlando esto, y se prueba que hay conductores que sí que están obteniendo un lucro y no satisfaciendo una necesidad propia de transporte, entonces tanto el usuario como infractor y BlaBlaCar como cooperante de la infracción tendrían que ser sancionados. El tema de fondo es que las viejas empresas se resisten a la nueva economía: la patronal de los autobuses no ha entendido qué es BlaBlaCar.
AirBnB y Homeaway también han tenido problemas similares y sanciones. Cuál es la situación?
El problema de la regulación de estas plataformas para alquilar habitaciones o pisos es la confluencia y el conflicto legislativo entre administración estatal, autonómica y local, donde cada Comunidad Autónoma regula el sector del turismo y los alojamientos turísticos de una manera diferente y a la vez, dentro de cada comunidad, cada ciudad a través de las ordenanzas regulan como está previsto, por ejemplo, regular un apartamento turístico. En este caso, por ejemplo, la situación paradigmática es Barcelona donde el Ayuntamiento ha tenido una actitud beligerante con los apartamentos turísticos ilegales, aumentando la supervisión y los controles y, incluso, invitando los vecinos y vecinas a denunciar la existencia de apartamentos turísticos.
Y a escala internacional?
Hay que diferenciar los casos de grandes tenedores de inmuebles de los particulares que alquilan sólo una habitación unas noches al mes a la vivienda donde ellos mismos viven. Así, por ejemplo, Amsterdam limita a 60 el número de días anuales que un particular sin carácter profesional puede alquilar una habitación -a veces sin tener que pagar impuestos-. La ciudad de Nueva York y el Land de Berlín prohíben alquilar inmuebles enteros -por menos de un mes en el caso de la ciudad norteamericana-. Pero la empresa y algunos ayuntamientos como el de la capital de los Países Bajos o París colaboran y la plataforma recauda la tasa turística que después ingresa a las arcas públicas.
Cuál es la diferencia entre estas plataformas?
La diferencia entre BlaBlaCar y Uber, AirBnB u Homeaway es que en el primer caso el conductor se ahorra un dinero y en los segundos sí que hay un lucro directo. En estos casos el propietario del vehículo o del inmueble sí que tendría que tributar por unos rendimientos del capital mobiliario o inmobiliario. Estas viviendas también tendrían que cumplir con unos requisitos administrativos como por ejemplo tener la cédula de habitabilidad, luz, agua, etc. Para no hablar de los problemas que pueden comportar a los vecinos o al barrio. Y reitero, igual que se comparte coche, AirBnB no se ha inventado nada que no existiera antes. Simplemente lo facilita, tanto para los usuarios como su control por parte de las administraciones públicas para cumplir sus obligaciones administrativas.
Cuál es la tendencia regulatoria?
El que se intenta por parte de la administración es supervisar y controlar el que ocurre. Es muy difícil -y sería un error- intentar erradicar la existencia de estas aplicaciones. Porque hay una necesidad social de ofrecer el alojamiento, el transporte o el servicio que sea y gente que quiere alojarse o transportarse. Creo que la posición que tienen muchas administraciones de supervisar está bien y seguramente AirBnB se verá obligada -de manera judicial o voluntaria- a colaborar y entregará los datos de las personas que están alquilando apartamentos turísticos. Por qué? Pues porque los usuarios cumplan sus obligaciones fiscales, porquehaya unos estándares y nohaya este tipo de apartamentos en determinadas zonas y limitar el abuso. La colaboración se acabará imponiendo.
Y con Uber?
Es complicado generalizar entre países o territorios, porque Uber se adapta según la normativa, la cultura y sociología de esa sociedad. Por ejemplo, en España empezaron a operar el 2013 y han sido prohibidos por un decreto de medidas cautelares del Juzgado del Mercantil no. 2 de Madrid. Creo que es una prohibición correcta porque Uber sí que puede estar prestando un servicio de transporte irregular, porque el sector del transporte por ciudad está regulado bajo la normativa del Taxi y para ejercer se tiene que obtener una licencia. Y por lo tanto tiene que cumplir unos requisitos y los conductores de Uber dan este servicio sin cumplir con cabeza de estas obligaciones. Y también por este motivo dan el servicio mucho más barato.
La regulación es el tema de fondo.
Otro tema es que la regulación del sector del taxi en España sea o no apropiada en la actualidad, y que sea o no muy anticuada y que en mi opinión ahora mismo no está justificado quehaya razones políticas, económicas o jurídicas para mantenerla. Esta situación también se repite en otros sectores en este país como las farmacias o algunos agentes del ámbito legal. Así, para meter un ejemplo que todo el mundo entienda si quiere puede abrir 50 bares en la misma isla de casas, pero si quiere abrir una farmacia, un estanco, lotería o notaría tengo una regulación muy tajante que el que hace es proteger aquellos que ya son adentro del sistema. Por lo tanto al final estas licencias son muy caras y acaban limitando la libre competencia en perjuicio del particular, que tiene menos opciones y muy probablemente a un precio superior a sihubiera varios competidores.
Alberto Aznar: "La patronal de los autobuses no ha entendido qué es BlaBlaCar"
El abogado valenciano es uno de los primeros especialistas en la vertiente jurídica de la economía colaborativa del Estado
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