El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha concluido en una sentencia que una aerolínea europea está obligada a compensar sus pasajeros que hayan sufrido uno retraso en el segundo vuelo de un viaje con escala, incluido si opera fuera de la UE y lo opera una compañía no europea.
La sentencia, que surge de una denuncia de uno de los viajeros afectados por el retraso de un vuelo en una de las escalas, después de haber realizado una reserva única con la compañía checa Ceské, que se negó a indemnizar los pasajeros.
El primer vuelo con conexión directa que unía Praga con Abu Dhabi llegó puntual, pero el segundo vuelo, operado por Etihad Airways y que enlazaba Abu Dhabi con Bankog, sufrió un retraso de más de ocho horas. Después de la demanda interpuesta por los pasajeros contra la compañía checa, ésta decidió que los recursos no tenían fundamiento porque el vuelo lo operaba otra aerolínea.
Ahora, la justicia europea ha dictado sentencia y obliga a Ceské a pagar una compensación a sus pasajeros.