La Comisión de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado inicialmente el nuevo pliego de cláusulas para el funcionamiento de los quioscos de diarios, revistas, libros u otras publicaciones periódicas en la vía pública. Los principales cambios en el pliego tienen que ver con la ampliación de productos y servicios que pueden vender los quioscos, una reivindicación del sector para garantizar su viabilidad. La venta de publicaciones se mantiene como actividad principal, aunque pasa del 80 al 51% del espacio, y se abre la puerta a vender café o productos alimentarios envasados, pero no alcohol. El pliego especifica que los quioscos no podrán disponer de mobiliario o espacios adicionales más allá de la instalación existente.
Hasta ahora, el 80% del espacio del quiosco debía destinarse a exponer diarios, revistas, libros u otras publicaciones periódicas, un porcentaje que se reduce al 51% para permitir más espacio a otros productos. Se mantiene la limitación de un 20% a la exposición de productos como souvenirs, recuerdos y análogos, que deberá formar parte del 49% no dedicado a prensa o publicaciones.
Se abre la puerta a vender café o productos alimentarios envasados, pero no alcohol
También se abre la puerta a la comercialización de nuevos productos, como café para consumo inmediato y productos alimentarios envasados que no requieran ninguna manipulación. Esto incluye también agua y refrescos, pero queda prohibida la venta de cualquier bebida alcohólica.
El pliego especifica que no se podrá habilitar ningún espacio, ni mobiliario o elementos, tanto en el interior como alrededor del quiosco para el consumo de los productos autorizados, lo que imposibilita, por ejemplo, la instalación de barras, sillas o mesas.
Se formaliza igualmente la posibilidad de realizar otras actividades que ya habían sido autorizadas en septiembre de 2022 y que no requerían modificaciones del pliego, como son la instalación de cajeros automáticos, buzones de última milla para la entrega de mercancía o paneles informativos. También se autorizan instalaciones que permitan la participación en proyectos de interés social impulsados por el Ayuntamiento.
El pliego especifica que no se podrá habilitar ningún espacio, ni mobiliario o elementos, tanto en el interior como alrededor del quiosco para el consumo de los productos autorizados
En cuanto a horarios, hasta ahora los quioscos tenían la obligación de abrir un mínimo de ocho horas diarias, preferentemente de siete de la mañana a tres de la tarde de lunes a sábado y de ocho a tres los domingos. Con el nuevo pliego se fija un horario mínimo de apertura de nueve de la mañana a dos del mediodía para todos los días de la semana, aunque se acepta que esto se pueda adaptar si el titular lo solicita en función del emplazamiento y el Ayuntamiento lo acepta.
Al mismo tiempo, el nuevo pliego regula aspectos hasta ahora no definidos, como la fijación de un plazo máximo de seis meses para la transmisión en caso de fallecimiento de la titularidad del quiosco, así como la concreción del órgano competente para tramitar penalizaciones en caso de incumplimiento o para la extinción de concesiones, entre otros, que será la Alcaldía o bien el órgano en quien delegue.
Actualmente, hay 288 quioscos instalados en la vía pública en Barcelona, lo que representa 50 menos que los que había en 2018. De los 288 quioscos, 254 tienen adjudicación vigente, 25 se encuentran vacantes y 9 más forman parte del proyecto liderado por la cooperativa creada por el Instituto Municipal de Personas con Discapacidad (IMPD).