Unos 3,5 millones de catalanes están llamados a hacer la declaració de la Renta | iStock
Unos 3,5 millones de catalanes están llamados a hacer la declaració de la Renta | iStock

Renta 2018: las novedades para saldar cuentas con Hacienda

Destacan la exención de los permissos de maternidad, así como la no obligación de declarar rendimientos al trabajo si los pagos son inferiores a 12.643 euros el año

Si no se quiere evitar los impuestos como "único esfuerzo intelectual que tiene recompensa", como decía John Maynard Keynes, un año más tendremos que embarcarnos en la aventura de hacer (o no) la declaración de la Renta para la excercici del 2018, que da su pistoletazo de salida este 2 de abril y se alargará hasta el 1 de julio -hasta el 26 de junio si se quiere hacer por domiciliación bancaria-. Cerca de 20 millones de ciudadanos del Estado español, entre los cuales unos 3,5 millones de catalanes, están llamados a hacerla y, de estos, a casi un 70% los saldrá a devolver, según Gestha. Pero, sabemos del cierto si estamos obligados a hacer la declaración de la renta? Y, si es así, sabemos qué es todo aquello que nos podemos deducir?

Més info: Como reclamar el IRPF de las prestaciones por maternidad?

Muchos ponen el grito al cielo cuando llega la época de saldar cuentas con Hacienda, pero es cierto que, a veces, cuando hagamos la declaración nos sale a pagar y no sabemos que quizás nos podemos deducir más IRPF del que realmente creemos. Por ejemplo, a pesar de que a muchas comunidades de España no se puede desgravar el alquiler a no ser que el contrato esté firmado antes del 1 de enero del 2015, en Cataluña si tienes menos de 32 años o estás al paro durante 183 días -entre otras cosas-, te puedes desgravar un 10% del alquiler, hasta 300 euros. De momento, pero, esta campaña de la Renta 2018 viene con unas cuántas novedades bajo el brazo, a pesar de que ninguna específica para Cataluña. Además, desde el año pasado, se puede hacer la declaración a través de la app de Hacienda, que permite al contribuyente presentar las declaraciones con un solo clic y sin necesidad de acceder a un ordenador o pedir cita previa.

Maternidad, educación y alquiler turístico

La Renta 2018 se caracteriza por las novedades en la maternidad. Para empezar, la deducción por maternidad -hasta que el niño tenga tres años- se incrementará en 1.000 euros, que se sumarán a los 1.200 euros ya existentes cuando haya gastadas de custodia en guarderías o centros de educación. La deducción cubrirá los gastos de inscripción, de matrícula, de asistencia y alimentación siempre y cuando la madre esté en activo ya sea por cuenta ajena o como autónoma. No servirá, en ningún caso, que esté al paro o bien que se haya cogido una excedencia.

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Esto se suma a la exención de las prestaciones por maternidad y paternidad, así como a las retribuciones recibidas durante los permisos por parte y adopción. Esta será, pues, la primera vez que no habrá que declarar los ingresos correspondientes a estas bajas.

Exención de declarar las bajas por maternidad y paternidad, deducción por maternidad y minoración de la cuota para familias numerosas, entre las principales novedades de la Renta 2018

Según Gestha, esta es la principal novedad de la nueva campaña de la Renta, pero a escala familiar todavía hay más. En el caso de ser familia numerosa, se puede pedir una minoración de la cuota de 1.200 euros en categoría general y de 2.400 euros en especial. Además, a partir del cuarto hijo, tendrán un incremento de 600 euros anuales en la cuota.

Por otro lado, los trabajadores con discapacitado en activo podrán desgravarse entre 3.500 y 7.750 euros según el grado acreditado. También los cónyuges no separados con una persona con discapacitado a cargo se podrán desgravar 1.200 euros anuales, es decir, 100 euros al mes. Esto, como que se aprobó en la ley de presupuestos del 2018 -en julio-, sólo se aplica a partir de agosto y, por lo tanto, la cantidad máxima deducible será de 500 euros por esta campaña.

Además, las empresas de nueva o reciente creación incrementarán un 30% de las cantidades satisfechas para la suscripción de participaciones con una base máxima de deducción de 60.000 euros anuales. En cuanto al alquiler turístico, la nueva regulación obliga a declarar cualquier inmueble destinado a esta finalidad.

Exentos de declarar

Otra de las novedades más importantes en esta campaña de la Renta es que no habrá obligación de declarar rendimientos al trabajo inferiores a 12.643 euros -la parte proporcional desde agosto del 2018- que procedan de más de un pagador, mientras que para la declaración del 2019 ya será de 14.000 euros. Para el resto, todo continúa igual. Aquellos que cobren menos de 22.000 euros anuales sucios de un sol pagador, no tendrán que hacer la declaración si no lo quieren.

No habrá obligación de declarar rendimientos al trabajo inferiores que procedan de más de un pagador inferiores a 12.643 euros

Además de la exención de declarar las prestaciones por maternidad y paternidad, por el año 2018, los afortunados que hayan ganado menos de 10.000 euros en lotería -después del 5 de julio-, no los tendrán que declarar. Si el premio es de antes, sólo estarán exentos los premios inferiores a 2.500 euros. De cara a la campaña de la Renta del 2019, esta cantidad se incrementará hasta los 20.000 euros, mientras que, ya al 2020, se duplicará llegando a los 40.000 euros. Las cantidades que superen estas cifras, tributarán un 20%, que ya los ha sido descontado en el momento de cobrar el premio.

También se incrementa el límite exento de las becas públicas y las obtenidas de entidades beneficiarias para cursar los estudios, que pasa de 3.000 euros a 6.000 euros hasta un total de 18.000 euros el año si la beca tiene como finalidad compensar los gastos de transporte y alojamiento, y hasta 21.000 euros si la beca es para marchar al extranjero.

Renta 4.0

El app que Hacienda estrenó el año pasado también incorpora actualizaciones: se podrá modificar la asignación tributaria y el código IBAN en el momento de presentar la Renta, se podrán consultar los datos fiscales de los tres últimos ejercicios, pedir cita previa, conocer el estado de la devolución y recibir avisos de todo al móvil o la mesita.

Desde la campaña 2017, no es posible presentar la predeclaració en papel y siempre se tendrá que realizar de forma telemática

De hecho, hay tres formas de presentar la declaración, que se podrá realizar por medios electrónicos a través de internet, en la sede electrónica de la AEAT, a través del teléfono o a las oficinas de la Agencia con previa solicitud de cita, así como a las oficinas habilitadas para las comunidades autónomas, ciudades con Estatuto de Autonomía y entidades locales para la confirmación del borrador de declaración. Ahora bien, hay que recordar que, desde el año pasado, ya no es posible presentar la predeclaració en papel y siempre se tendrá que realizar de forma telemática.

En caso de que la declaración fuera a ingresar, el contribuyente podría domiciliar el ingreso, ingresar obteniendo un número de referencia completo (NRC) de su entidad bancaria o bien podrá efectuar el pago a través de un documento para el ingreso en una entidad colaboradora que tendrá que imprimir y proceder a efectuar este ingreso. En cualquier caso, el contribuyente podrá imprimir, igual que en años anteriores, una vista previa de su borrador, si el que quiere es revisar el documento en formato físico antes de presentarlo. Eso sí, esta impresión de la vista previa no servirá para la presentación física.

La declaración se puede hacer a través de internet, por teléfono o a las oficinas de la Agencia Tributaria

Las citas previas, tanto para la atención telefónica cómo para asistir a las oficinas, podrán solicitarse a través de su web o en los teléfonos: 901 22 33 44 - 915 53 00 71 - 901 12 12 24 - 915 35 73 26 y las citas se facilitarán cada 15 minutos entre las 9 horas y las 20:30 horas. El teléfono de información sobre la Renta atenderá a los contribuyentes de lunes a viernes de 9 horas a 19 horas y será el 901 33 55 33 o el 915 54 87 70.

Hacienda devolvió durante la campaña del 2017 un importe superior a los 9.300 millones de euros a 1,5 millones de contribuyentes, más del 93% del importe solicitado, y se presentaron cerca de 20 millones de declaraciones. En Cataluña, ya se ha pagado más del 96% a un total de 2.146.455 catalanes.

Vuelve la declaración de la Renta y con ella vuelven los números y los trapicheos para no equivocarnos en nada y que todo cuadre. Cómo decía Ronald Regan, "el contribuyente es una persona que trabaja para el Gobierno, pero sin haber hecho las oposiciones a funcionarios".

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