Todo aquello que hay que saber si te ha tocado la Lotería

Los ganadores del sorteo sólo están obligados a tributar por el premio si la cantidad supera los 2.500 euros y no se cobra igual si es un único propietario o son múltiples

Qué pasa cuando eres agraciado con un premio de Lotería? Cuánto tendrás que pagar y cuándo? Qué pasa si juegas a medias con los amigos o compañeros? Cuando hablamos de tributación de loterías autorizadas nos referimos a las que han sido autorizadas por el Gobierno para hacer sortejos como las quinieles, la ONCE, la Euromilió y la Lotería Nacional del Estado, como la que este martes 22 de diciembre ha vuelto a repartir la suerte.

En Cataluña el segundo premio, el 12.775, ha dejado un total de 20 millones de euros a las localidades de Santa Perpètua de Mogoda y Roda de Barà, mientras que en Caldes de Montbui se han repartido borde 9,6 millones de euros gracias al quinto premio, el 73.867, que ha transformado esta localidad de la Riera de Caldes en la segunda localidad catalana más agraciada del sorteo. Pero, después de la euforia de saberse ganador de un premio tan mediático como este, es importante conocer los pasos a seguir para cobrar correctamente el galardón, puesto que no es el mismo ser propietario único del décimo premiado que compartir con la pandilla un único boletín.

Agraciados únicos o múltiplos?
Aunque parezca una obviedad, el único premiado es aquel que realmente va a percibir el premio. Es decir, si cuatro miembros de una familia adquieren un décimo pero sólo uno lo conserva y este es quien finalmente va a cobrarlo. Salvo disponer de pruebas que lo demuestren, será él -a efectos tributarios- el único agraciado y no los otros tres que no han procedido al cobro del boletín.

Qué pasará si después se reparten el dinero del premio? Pues salvo que pueda demostrar que ha sido comprado entre varias personas, si después el agraciado decide repartir el dinero el que está haciendo es una donación. Una donación que tributa en el Impuesto sobre Donaciones al tipo impositivo y siguiendo la normativa de la comunidad autónoma de residencia del donatario, es decir, del que recibe esta donación. Por lo tanto, cuenta en el momento de ir a cobrar el premio. Es importante asesorarse antes y que vayan todos los realmente agraciados.

Un golpe hemos percibido el premio, tenemos que tener claro como tributa. Los premios de loterías autorizadas están exentos hasta un importe de 2.500 euros. Pero son 2.500 euros por boletín, no por agraciado. Por lo tanto, si toca un boletín y somos 20 los agraciados, se tendrán que prorratear estos 2.500 euros entre 20. Hasta los 2.500 euros no se tributa, el exceso sí.

Cómo tributa?
Si percibes una lotería catalana o española autorizada y eres residente en territorio español y tributas por IRPF, en el momento de percibir el premio te retienen el 20% y esta es toda la tributación. No tienes que declararlo en ninguno otro lugar a efectos del impuesto sobre la renta. La tributación es la retención en el cobro y acaba con el pago del impuesto sobre la renta.

Pero si eres extranjero y has adquirido un boletín de la Lotería Nacional y te ha tocado, en el momento de ir a cobrar el boletín, también tributará un 20% pero no será vía retención, sino que tendremos que llenar un impreso a la misma Administración de Lotería. 

El mismo pasa si eres residente español pero te toca una lotería que no es española, por ejemplo la Euromilió, también tributará el 20% pero a través de un impreso. No se tiene que declarar nunca en el impuesto sobre la renta.

Otra cosa muy diferente será el Impuesto sobre el Patrimonio. Si ha percibido un premio el 22 de diciembre, a 31 de diciembre que es la fecha de devengo del impuesto sobre el patrimonio, este billete -o donde tenga invertido este billete-, sí que tendrá que declararse.
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