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Bruselas lleva a España al TJUE por no autorizar la exención del IVA a las pymes

La Comisión Europea pide multar al Estado por no transponer dos directivas europeas, después de no contestar a dos avisos en enero y julio de 2025

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en Luxemburgo | Arne Immanuel Bänsch (Europa Press)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en Luxemburgo | Arne Immanuel Bänsch (Europa Press)
Redacción VIA Empresa | ACN
Barcelona
11 de Marzo de 2026 - 02:45

La Comisión Europea pide multar a España por no autorizar la exención del IVA a las pymes de acuerdo con las normas que fijan las directivas europeas. En un comunicado publicado este miércoles, Bruselas informa que llevará al Estado ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por no haber transpuesto al derecho nacional dos directivas comunitarias sobre el IVA. Se trata de las directivas 2020/285 y 2022/542, destinadas a reducir los costes de cumplimiento del IVA para pymes -tanto a escala nacional como comunitaria- y a la aplicación de nuevos tipos de impuestos sobre ciertos bienes. El traslado del caso al TJUE llega después de que el ejecutivo comunitario avisara dos veces al Estado -en enero de 2025 y en julio de 2025- del incumplimiento.

 

El caso más destacado es el que hace referencia a la exención del IVA a las pymes, la directiva 2020/285. Según indica la Comisión Europea, España ya ha indicado que no tiene intención de aplicar la exención del IVA para las pymes, ya que la directiva establece que la decisión es opcional para cada estado miembro. Si bien Bruselas reconoce que esto es posible, también deja claro que el Estado español debería transponer aquellas disposiciones que permiten a las pymes con sede en el Estado aplicar el régimen de exención en otros Estados miembros. "Esto es necesario, porque una pyme establecida en España y que obtenga la exención en otro lugar de la UE, primero se tiene que registrar ante las autoridades españolas", indica la Comisión Europea.

El otro incumplimiento es el que hace referencia a la directiva 2022/542, que incluye, entre otras medidas, la puesta en marcha del régimen especial del IVA aplicable a bienes de ocasión, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección. Para la Comisión Europea, la falta de transposición por parte del Estado "conlleva el riesgo de doble imposición y de no imposición, ya que los otros 26 Estados miembros que sí han transpuesto la directiva aplicarán normas diferentes de las españolas".

 

En el mismo comunicado, Bruselas recuerda que España es el único estado miembro que debe completar estos pasos. De hecho, el ejecutivo indica que las dos directivas deberían haberse transpuesto, como muy tarde, el 31 de diciembre de 2024. Ante una falta inicial de comunicación por parte del Estado, la Comisión envió dos cartas de emplazamiento al gobierno central el 31 de enero de 2025. Más tarde, el 17 de julio, Bruselas insistió al Estado con el envío de dictámenes motivados, el paso previo a llevar el caso ante la justicia europea.