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Los parados que cobren prestación no tendrán que hacer la declaración de la renta el año que viene

El gobierno español incluye esta medida en el decreto del BOE sobre el incremento de las pensiones, a la espera de la aprobación del Congreso

Fachada de una Oficina de Trabajo del Servei d'Ocupació de Catalunya (SOC) | Maria Asmarat (ACN)
Fachada de una Oficina de Trabajo del Servei d'Ocupació de Catalunya (SOC) | Maria Asmarat (ACN)
Redacción VIA Empresa | ACN
Barcelona
24 de Diciembre de 2025 - 03:35

Las personas desempleadas que reciban prestaciones por desempleo no tendrán que presentar la declaración de la renta el año que viene. Así lo ha confirmado el gobierno español a través de un decreto ley publicado este miércoles en el BOE. En el texto también se incluyen otras medidas como el incremento de las pensiones, ya anunciadas a principios de semana.

 

Estas medidas, que deberán ser validadas en el Congreso de los Diputados a principios de 2026, incluyen un punto que especifica que se acuerda la supresión de la obligación de presentar la declaración del IRPF a los parados “dado que su alcance actual no supone solo una obligación formal”.

Desde el gobierno apuntan que, desde que se empezó a exigir la declaración de la renta, se ha observado que la medida “no ha resultado adecuada”, lo que justifica su supresión en 2026.

 

Por otro lado, se aprecia que mantener esta obligación comporta aumentar considerablemente las cargas administrativas en contra de aproximadamente dos millones y medio de personas nuevas que acceden a la prestación por desempleo, y hay que añadir lo que supondría para la Agencia Estatal de la Administración Tributaria tener que gestionar este volumen de declaraciones adicionales.