El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha desestimado el recurso de la empresa china Bytedance (TikTok) para esquivar la imposición de normas más estrictas por parte de la UE. La compañía china había presentado un recurso a Luxemburgo contra la decisión de la Comisión Europea de designarla 'guardián de acceso' por su peso en el mercado digital de acuerdo con el reglamento de mercados digitales y ahora el tribunal de primera instancia ha avalado la decisión de Bruselas.
En la sentencia, Luxemburgo apunta que la compañía china cumple "los umbrales cuantitativos" fijados en la normativa, tanto en cuanto a su "valor al mercado mundial" como el "número de usuarios en la UE". El TGUE apunta que los argumentos de Bytedance "carecían de cimientos suficientes" para demostrar que la compañía china no tiene una gran influencia en el mercado interior.
Lo empresa había argumentado que no tiene una "gran influencia" en el mercado interior europeo
La empresa había argumentado que su volumen de negocio está principalmente centrado en China y que por este motivo no tiene una "gran influencia" en el mercado interior europeo. El tribunal rechaza esta idea porque considera que el valor de mercado de Bytedance es a "escala mundial" y tiene los suficientes usuarios en la UE para que se le apliquen las normas del reglamento.
Luxemburgo también ha rechazado el argumento de la compañía que apuntaba que tiene una "escala menor" en comparación con servicios de redes sociales en linea como Facebook o Instagram y que no tiene una "posición consolidada y duradera" en el mercado. La sentencia del TGUE admite que la Comisión Europea cometió "algunos errores" en la evaluación de las alegaciones formuladas por Bytedance contra la designación como 'guardián de acceso', pero concluye que estos errores no afectan a la "legalidad" la decisión.