• Economía
  • La paradoja de la fiscalidad del turismo: rompamos tabúes (I)

La paradoja de la fiscalidad del turismo: rompamos tabúes (I)

Bruselas concluye que el IVA reducido en el turismo comporta un coste recaudatorio elevado y, en cambio, su efecto redistributivo es muy limitado

Muchos turistas se concentran en la Rambla de Barcelona | iStock
Muchos turistas se concentran en la Rambla de Barcelona | iStock
Rosaura Jiménez | VIA Empresa
Presidenta de la sede de Girona del Col·legi d’Economistes de Catalunya
11 de Junio de 2026 - 04:55

Mi hermana, que trabaja en el ámbito de la salud pelviana, acostumbra a titular sus charlas con un lema inicial muy contundente: "Rompamos tabúes".

 

Pensaba en esto el otro día mientras miraba la foto de mi hermana sonriendo junto a su lema preferido, porque los economistas también deberíamos dedicarnos más a menudo a romper tabúes. Hay debates que cuestan de abrir, pero parece que finalmente se ha abierto la veda, así que aprovechando la ocasión, me he decidido a compartir algunas reflexiones sobre el turismo y su fiscalidad.

El profesor Oliver tuvo la valentía de empezar a romper este tabú, sacudiendo el auditorio durante la Jornada dels Economistes del año pasado, y invitándonos a todos los economistas a repensar la cuestión con espíritu crítico.

 

En esta misma línea, el Informe Fénix, redactado por un grupo de economistas —todos hombres, cabe decir—, pone el dedo en la llaga en alguno de los temas que el doctor Oliver dejó planteados. Lo hace abordando estas cuestiones, que a menudo se tratan desde posicionamientos ideológicos, con un análisis económico fundamentado.

Y, por si alguien pensaba que se trataba de un debate exclusivamente catalán, esta semana pasada la Comisión Europea, en el informe sobre España que acompaña el Semestre Europeo 2026, advierte entre otras cosas del coste presupuestario que comporta mantener el IVA reducido en la restauración y la hostelería.

En el análisis que hace el informe de la Comisión sobre la evolución de los ingresos tributarios estatales, lo primero que señala es que España se ha vuelto muy dependiente de los impuestos y cotizaciones sobre el trabajo (IRPF y cotizaciones a la Seguridad Social), y apunta que el 90% de todo el aumento de la carga fiscal de los últimos diez años proviene de los rendimientos del trabajo, con una dependencia creciente del Estado de los ingresos procedentes del trabajo.

La Comisión Europea avisa que el 90% del aumento de la carga fiscal de los últimos diez años en el estado español proviene de los rendimientos del trabajo

El informe identifica dos mecanismos principales que ayudan a explicar este fenómeno. El primero es la no indexación de los tramos del IRPF, un efecto conocido como bracket creep o, en catalán, progresividad en frío. Pongamos un ejemplo, si hace unos años cobrabas 30.000 euros, y la empresa ha aplicado un incremento anual de tu salario de acuerdo con la inflación de cada año, hasta acumular un aumento del 15% de tu sueldo hasta hoy, en términos reales tu poder adquisitivo hoy es prácticamente el mismo que hace unos años porque todo ha subido un 15%, pero como los tramos de IRPF no se actualizan automáticamente, tanto si acabas saltando de tramo como si no, parte de tu sueldo tributará a un tipo más elevado. Pagas más impuestos sin haberte hecho más rico.

Además hay un segundo elemento que tampoco se actualiza con la inflación, el "mínimo personal y familiar", una cantidad que no tributa y que actualmente es de 5.550 euros por persona. Si no se actualiza, año tras año, una parte mayor de la renta queda efectivamente sujeta a tributación. Esta es una manera silenciosa de subir impuestos, el Estado aprovecha la inflación para recaudar más sin tener que defender políticamente una subida de impuestos. En España se ha corregido puntualmente este efecto con diferentes actualizaciones de los tramos. Lo hizo dos veces el presidente socialista que está en todas las portadas estos días, José Luis Rodríguez Zapatero, y también José María Aznar en el año 1998.

En el entorno de la Unión Europea (UE) la no deflactación no es ninguna excepción. De hecho, pocos países ajustan los tramos de manera automática para compensar los efectos de la inflación. Es el caso de Francia, que revisa anualmente los tramos en la ley de presupuestos utilizando una previsión de la inflación; también lo hace Alemania, que los actualiza bianualmente, y el bloque de países nórdicos más ricos como Bélgica, Holanda, Dinamarca, Noruega, Suecia y Finlandia. En España, en el año 2024, varias comunidades autónomas (la mayoría gobernadas por el PP) deflactaron el tramo autonómico del IRPF, pero de cara a la declaración correspondiente al ejercicio 2025, todas han abandonado esta práctica y, a estas alturas, ninguna comunidad autónoma en España ha deflactado la tarifa autonómica del impuesto sobre la renta.

En Europa, la no deflactación del IRPF no es ninguna excepción: Francia lo revisa anualmente, Alemania bianualmente y también es habitual entre los países nórdicos

Recientemente, el sistema sí ha incorporado mecanismos para evitar que los perceptores del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) tributen efectivamente por el IRPF. Y lo hace aplicando una deducción en cuota que deja el SMI exento de tributación. La opción de articular este beneficio a través de una deducción en lugar de incrementar mínimos exentos o reducciones, responde al intento de no beneficiar también a rentas medias y altas que también tributan por los primeros tramos y evitar así el mayor impacto que tendría en la recaudación.

Una fiscalidad paradójica

Turistes passejant pel passeig de Gràcia de Barcelona| ACN
Turistas paseando por el paseo de Gràcia de Barcelona | ACN
 

La paradoja que apunta el informe es que, a pesar de la creciente dependencia de las rentas del trabajo para incrementar la recaudación, España sigue recaudando menos en rentas del trabajo en términos de PIB (19%) que la media europea (20,3%). Y esto indica que el problema no es tanto la presión fiscal sobre el trabajo (que también) como la debilidad de la base imponible sobre la que recae: salarios relativamente bajos, trabajo a tiempo parcial... En definitiva, una parte importante del esfuerzo recaudatorio descansa sobre las rentas del trabajo, pero sobre una base fiscal relativamente frágil.

Y aquí el estudio entra en el centro del debate actual, dado que afirma que mientras España ha ido descansando cada vez más en los impuestos y cotizaciones sobre el trabajo, la recaudación procedente de los impuestos sobre el consumo y los impuestos ambientales continúa claramente por debajo de la media europea. En concreto, en el caso de los impuestos verdes, estos representan solo un 1,6% del PIB, cuando la media europea es del 2,1%. El informe sugiere que el margen para aumentar la recaudación no se encuentra tanto en continuar cargando sobre las rentas del trabajo como en aquellos ámbitos donde España presenta una menor tributación relativa respecto a Europa. E, inevitablemente, entramos de lleno en el debate sobre la fiscalidad del turismo.

Los informes recientes de Bruselas reprochan a España que no tenga un sistema riguroso para evaluar el efecto de los tipos reducidos y las exenciones

En cuanto al IVA, la Comisión Europea señala que España tiene una de las brechas en los tipos de IVA más amplias de la UE, y la mayor en la exención del IVA de toda la UE. La brecha del IVA es la diferencia entre lo que se puede recaudar al tipo general y lo que se recauda realmente. La Comisión ataca directamente el IVA reducido de la hostelería, señalando explícitamente alojamientos y restaurantes, y concluye que el IVA reducido en el turismo comporta un coste recaudatorio elevado y, en cambio, su efecto redistributivo es muy limitado. La crítica, sin embargo, va aún más allá: el documento reprocha a España que no tenga un sistema riguroso para evaluar el efecto de los tipos reducidos y las exenciones. La crítica de fondo es que, en realidad, España no sabe si estas excepciones fiscales realmente sirven a los objetivos para los que fueron creadas o no.

La Comisión cita un informe de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) según el cual la supresión del tipo reducido aplicable a la hostelería y restauración podría comportar un incremento de la recaudación cercano a los 7.000 millones de euros anuales.

El análisis que hace la AIReF sobre los beneficios fiscales resulta especialmente interesante porque sitúa el debate en un contexto más amplio. Según el organismo, los beneficios fiscales vinculados al IVA continúan representando el principal coste fiscal con un importe de más de 41.000 millones de euros. Se trata de una cifra muy elevada que, además, se sitúa significativamente por encima de la media de los países del entorno europeo.

Según la AIReF, el 20% de los hogares con rentas más altas se benefician del 38% de los incentivos fiscales del IVA; en el caso de las más pequeñas, solo de un 8%

La AIReF concentra el análisis en los trece beneficios fiscales más importantes que representan un 60% del coste total de todos los beneficios fiscales existentes. En el ámbito del IVA, los beneficios fiscales analizados son los tipos reducidos (10%) y superreducidos (4%), las exenciones aplicables a los servicios sanitarios y educativos y las exenciones en servicios financieros. Desde una perspectiva distributiva, las conclusiones son especialmente relevantes: según la AIReF, el 20% de los hogares con rentas más altas se benefician del 38% de los incentivos fiscales del IVA, mientras que el 20% de los hogares con menos ingresos solo aprovechan el 8% de los beneficios fiscales.

El informe recuerda que el objetivo del beneficio fiscal de tipos reducidos y superreducidos del IVA es facilitar el acceso a bienes y servicios considerados de primera necesidad, sociales, culturales o estratégicos. El turismo se enmarca precisamente dentro de esta última categoría. Sin embargo, la AIReF indica que el beneficio tampoco cumple el objetivo de manera eficiente desde el punto de vista distributivo, porque los tipos reducidos benefician más a las rentas altas, que son las que más gasto realizan y, por lo tanto, las que acaban obteniendo una parte más importante del beneficio fiscal. Además, el efecto se acentúa en las partidas de gasto a tipo reducido que más consumen los hogares de rentas altas como son restauración, paquetes turísticos y hostelería.


Este artículo es la primera parte de un especial de dos entregas de Rosaura Jiménez sobre la fiscalidad del turismo.