
La Comisión Europea ha abierto un procedimiento de infracción al Estado por la intervención del gobierno español en la opa del BBVA sobre el Banco Sabadell. En un comunicado publicado este jueves, Bruselas considera que la ley española sobre la defensa de la competencia -que en el artículo 60 otorga poderes al Consejo de Ministros para decidir sobre operaciones de concentración- no está alineada con los tratados de la UE. Según el ejecutivo comunitario, la normativa española puede socavar los poderes del Banco Central Europeo (BCE), que en operaciones de esta magnitud es la autoridad competente. Con la apertura del expediente, Bruselas inicia un proceso para que España impulse un cambio legislativo que, si no se produce, podría derivar en sanciones.
Según establece la ley española 15/2007 sobre la defensa de la competencia, el Consejo de Ministros "podrá valorar concentraciones económicas atendiendo a criterios de interés generales diferentes de la defensa de la competencia". En el listado de supuestos que menciona la ley aparecen cuestiones como la defensa y la seguridad nacional, la libre circulación de bienes y servicios dentro del territorio nacional o la garantía de un mantenimiento "adecuado" de los objetivos de regulación sectorial, entre otros.
A ojos de la Comisión Europea, el texto choca directamente con reglamentos europeos como el mecanismo único de supervisión, la directiva sobre requisitos de capital y los tratados de funcionamiento de la UE, los cuales establecen cuáles son las competencias de los estados miembros en operaciones de fusión bancaria.
A ojos de la Comisión Europea, el texto choca directamente con el mecanismo único de supervisión, la directiva sobre requisitos de capital y los tratados de funcionamiento de la UE
Aparte de fijarse en la ley española sobre la defensa de la competencia, Bruselas también da un toque de atención al Estado por el Real Decreto 84/2015 sobre Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades de Crédito, que en su artículo 11 también establece que "corresponde al ministerio de Economía autorizar las operaciones de fusión, escisión o cesión global o parcial de activos y pasivos en los que intervenga un banco".
De la misma manera, el expediente se fija en la disposición número 12 de la ley 10/2014, la cual también otorga competencias al ministerio de Economía en la autorización de operaciones de fusión bancaria como la del BBVA y el Banco Sabadell.
Origen del expediente
El origen del procedimiento de infracción abierto este jueves nace de la denuncia de un ciudadano que había alertado a la Comisión Europea de posibles brechas entre la legislación española y el derecho de la Unión Europea en la operación.
A raíz del anuncio público del BBVA para adquirir el Sabadell, las autoridades competentes europeas iniciaron una ronda de contactos con España para entender con más detalle el alcance de la situación en relación con esta denuncia. Después de una serie de intercambios, Bruselas concluyó que las disposiciones del derecho nacional no estaban en línea con el derecho europeo. Más adelante, a raíz de la intervención del gobierno español en la operación, las dudas de la Comisión Europea se amplificaron.
Siguientes pasos
La apertura del procedimiento de infracción es un primer paso que, en el peor de los casos, puede acabar elevándose a la justicia europea y traducirse en sanciones económicas al Estado. Con el expediente iniciado este jueves, la Comisión Europea notifica por carta a España de este primer aviso y le da dos meses para contestar.
En caso de que la respuesta del gobierno español sea insatisfactoria, la Comisión Europea puede decidir elaborar un dictamen motivado, un documento donde Bruselas expresa sus argumentos para creer que se ha producido una infracción y detalla qué medidas se deberían tomar para resolver el problema. A partir de la notificación de este dictamen motivado, el ejecutivo comunitario abre un nuevo período de dos meses para que España emita una respuesta y ponga en marcha las medidas oportunas para poner remedio a la situación.
Si después de todo este proceso la Comisión considera que no se han hecho las correcciones pertinentes, se podría llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y sancionar al país económicamente.
Afectación sobre la opa
La apertura del expediente por parte de la Comisión Europea se fija en la legislación española y, por tanto, hace referencia a las competencias que tiene el gobierno central en operaciones de este tipo. Así, Bruselas no se cuestiona la operación de fusión en sí, sino que se limita a resolver las disposiciones jurídicas contrarias al derecho de la UE.
En este sentido, el procedimiento de infracción no supone un freno a la operación, aunque faltará ver si tanto los servicios jurídicos del BBVA o el Sabadell lo utilizan de argumento en su negociación.